La Constitución de 1980 como fundamento y origen de una teoría constitucional de la irretroactividad
Palabras clave:
Irretroactividad, intangibilidad, derechos adquiridos, derecho de propie- dad, esencia del derechoResumen
El presente artículo plantea una teoría de la irretroactividad basada en la
Constitución de 1980. Hoy en día no es posible limitar el estudio de la irretroactividad al
Derecho Civil o a los principios generales de derecho; los avances en nuestra Carta
Fundamental hacen necesario enfocar la materia desde una perspectiva constitucional.
Este artículo sostiene que actualmente los fundamentos de los principios de irretroactivi-
dad de las normas y de intangibilidad de las situaciones jurídicas creadas (más conocido
como la teoría de los derechos adquiridos) se encuentran en la Constitución Política,
particularmente en el artículo 19 Nos 24 y 26. En este sentido, la Constitución de 1980
otorga a los derechos y situaciones jurídicas una intangibilidad consistente en la prohibi-
ción al legislador de que dichos derechos o situaciones jurídicas sean restringidos o limita-
dos más allá de su esencia sin mediar expropiación, ya sea como resultado de la incorpora-
ción de dichos derechos o titularidades al patrimonio de su titular, donde quedan
protegidos por la garantía del derecho de propiedad contenida en el Art. 19 N° 24, ya sea
como consecuencia de la protección directa que ofrece el Art. 19 N° 26 a los derechos
constitucionales. Esta intangibilidad constitucional constituye hoy en día el fundamento
real para impedir que una norma posterior afecte derechos o situaciones jurídicas creadas
bajo el imperio de una norma anterior.
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