El artículo 20 de la nueva ley de matrimonio civil: algunos problemas de interpretación

Autores/as

  • María De Los Ángeles Soza Ried

Palabras clave:

Libertad de conciencia, libertad de culto, matrimonio civil, matrimonio religioso, matrimonio canónico, acta de matrimonio religioso, irrenunciabilidad, inscrip- ción, ratificación, consentimiento

Resumen

Con el presente trabajo se pretende abordar una serie de problemas de
interpretación que suscita el artículo 20 de la nueva Ley de Matrimonio Civil, principal-
mente en cuanto pudiera su inteligencia desconocer o perturbar la manifestación de
consentimiento ya prestada ante la autoridad religiosa. A nuestro entender, una adecuada
comprensión de esta norma, de un lado protege garantías constitucionales tan importan-
tes como la libertad de conciencia y de culto, y de otro, consigue proporcionar a la
mencionada disposición todo el alcance que debe tener en relación con su finalidad
propia. Se aborda, en primer lugar, la importancia de la introducción de una norma de
esta naturaleza en la legislación civil. En segundo, se hace un análisis del alcance interpre-
tativo que debe darse al acta de matrimonio religioso, en relación con otras partes de la
disposición ya comentada, para luego postular la tesis de la inaplicabilidad del artículo 57
de la Ley de Matrimonio Civil al artículo 20 del mismo cuerpo legal, por resultar el
primero contradictorio con la introducción de una norma que favorece la manifestación
del consentimiento en sede religiosa y que permite, por ende, que dicha manifestación
tenga un valor distinto del que tiene en la legislación civil.

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Publicado

2024-05-12

Cómo citar

María De Los Ángeles Soza Ried. (2024). El artículo 20 de la nueva ley de matrimonio civil: algunos problemas de interpretación. Revista Chilena De Derecho, 32(3), 405–412. Recuperado a partir de https://revistahistoria.uc.cl/index.php/Rchd/article/view/73181

Número

Sección

Estudios