IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN RELIGIOSA EN EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. A PROPÓSITO DE LAS CONCLUSIONES EN LOS CASOS ACHBITA Y BOUGNAOUI

Autores/as

  • Rafael Palomino Lozano Universidad Complutense de Madrid (España)

DOI:

https://doi.org/10.7764/RLDR.3.33

Palabras clave:

Unión Europea, Discriminación, Empleo, Religión, Convicciones, Símbolos religiosos personales

Resumen

El Tribunal de Justicia la Unión Europea ha hecho públicas las conclusiones de sus abogadas generales en dos casos sobre discriminación por motivos de religión o convicciones en el empleo, relativos ambos al uso de sí­mbolos religiosos personales. Este artí­culo analiza esas conclusiones, que parten de posturas antagónicas y llegan a resultados diferentes. Con carácter previo, se exponen algunas nociones sobre la igualdad y no discriminación en la Unión Europea. Se concluye que la orientación de las futuras sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es incierta, aunque las conclusiones analizadas tienen ya un valor destacable, al ofrecer elementos importantes en el debate jurí­dico en torno al derecho fundamental de libertad religiosa y a la no discriminación por motivos de religión o convicciones.



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Biografía del autor/a

Rafael Palomino Lozano, Universidad Complutense de Madrid (España)

Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado. Universidad Complutense de Madrid

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Publicado

2019-12-12