BÉLGICA. Tribunal Europeo de Derechos Humanos -Sentencia- Declara inadmisible demanda interpuesta por dos mujeres musulmanas, por presunta discriminación religiosa, en razón de normativa que prohíbe el uso de "Burkini" en piscinas municipales en Bélgica. A las demandantes se les negó el acceso al recinto público el año 2017.

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

libertad religiosa, musulmán, islamismo, derecho internacional de los derechos humanos

Resumen

BÉLGICA. Tribunal Europeo de Derechos Humanos -Sentencia- Declara inadmisible demanda interpuesta por  discriminación religiosa, en razón de normativa que prohíbe el uso de Burkini en piscinas municipales. A las demandantes, (dos mujeres de religión musulmana), se les habría negado el acceso a la piscina municipal el año 2017. No se constató ninguna violación al Convenio Europeo de Derechos Humanos, por cuanto las demandantes no agotaron la vía nacional previo a demandar ante el TEDH, lo cual es requisito para accionar.

Fuente: www.diarioconstitucional.cl

 

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Publicado

2024-09-30

Número

Sección

OTRAS REGIONES DEL MUNDO - DOCUMENTOS