MÉXICO. Congreso de Michoacán - Proyecto de Ley- Establece límites al ejercicio de la objeción de conciencia en materia sanitaria. No se podrá invocar para negar atención médica por motivos discriminatorios o de odio, ni entorpecer o retrasar la prestación de servicios médicos.
Palabras clave:
legislación sanitaria, objeción de conciencia, abortoResumen
MÉXICO. Congreso de Michoacán -Proyecto de Ley- Establece límites al ejercicio de la objeción de conciencia en materia sanitaria. Por ejemplo se podrá invocar para negar atención médica por motivos discriminatorios o de odio, ni entorpecer o retrasar la prestación de servicios médicos, entre otras causales.
Fuente: www.congresomich.gob.mx
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